Fecha: Ago 31, 2026

Categoría: Noticias

BASES DE COMPETENCIA «PADECOM CREDITO PREMIA TU PREFERENCIA 2026»

La Sociedad Cooperativa PADECOM CRÉDITO de R.L. de C.V., con el propósito de reconocer la fidelidad de sus clientes, fortalecer la cultura de cumplimiento oportuno de las obligaciones financieras e incentivar el uso de los productos de ahorro que ofrece la institución, desarrolla la campaña promocional denominada «PADECOM CRÉDITO PREMIA TU PREFERENCIA 2026», la cual se regirá por las presentes Bases de Competencia, elaboradas conforme a la legislación salvadoreña aplicable y los principios de transparencia, equidad y buena fe que rigen las promociones comerciales.

I. OBJETO
Las presentes Bases tienen por objeto regular las condiciones, requisitos, mecánica de participación, procedimiento del sorteo, entrega de premios, derechos y obligaciones de los participantes, así como las demás disposiciones aplicables a la campaña promocional «PADECOM CRÉDITO PREMIA TU PREFERENCIA 2026», garantizando igualdad de oportunidades, transparencia y seguridad jurídica durante su desarrollo.

II. VIGENCIA
La presente campaña promocional tendrá vigencia desde el uno de septiembre de dos mil veintiséis hasta el treinta de noviembre de dos mil veintiséis.
Únicamente participarán las operaciones efectuadas dentro del período antes indicado y cuyos productos permanezcan vigentes al cierre de la campaña.

III. PARTICIPANTES
Podrán participar únicamente las personas naturales mayores de dieciocho años que sean clientes activos de PADECOM CRÉDITO y que durante la vigencia de la campaña realicen cualquiera de las operaciones participantes establecidas en las presentes Bases.
Para efectos de esta promoción se entenderá por cliente activo aquella persona que mantenga vigente al menos uno de los productos participantes y que no se encuentre comprendida dentro de las restricciones previstas en estas Bases.
Asimismo, para participar será indispensable que el cliente se encuentre al día en el cumplimiento de todas sus obligaciones financieras con PADECOM CRÉDITO al cierre de la campaña.


IV. OPERACIONES PARTICIPANTES
Participarán las siguientes operaciones:

Créditos
• Otorgamiento de crédito nuevo.
• Renovación de crédito.
• Pago puntual de cuotas.
Ahorros
• Apertura de cuenta de ahorro.
• Apertura de depósito a plazo.
• Renovación de depósito a plazo.
Cada operación válida generará una (1) participación electrónica, la cual será incorporada automáticamente a la base de datos institucional de la promoción.


V. RESTRICCIONES.
No podrán participar:
• Miembros de Junta Directiva de Padecom Crédito.
• Gerente General.
• Gerentes.
• Jefaturas.
• Colaboradores permanentes.
• Colaboradores temporales.
• Personas que al cierre de la campaña mantengan obligaciones en mora.
• Personas que no cumplan cualquiera de los requisitos establecidos en estas Bases.
La verificación del cumplimiento de los requisitos será realizada previamente por PADECOM CRÉDITO antes de la adjudicación definitiva de cualquier premio.


VI. MECÁNICA DE LA PROMOCIÓN
Durante la vigencia de la campaña, cada operación participante será registrada automáticamente en la base de datos institucional.
Cada registro contendrá, como mínimo:

  • Código del cliente.
  • Nombre completo.
  • Agencia.
  • Tipo de operación.
  • Fecha de la operación.

VII. SORTEO
El sorteo de la campaña promocional «PADECOM CRÉDITO PREMIA TU PREFERENCIA 2026» se realizará el día lunes siete de diciembre de dos mil veintiséis, en las oficinas administrativas de PADECOM CRÉDITO, ubicadas en el distrito de San Miguel, o en el lugar que la institución designe previamente por razones debidamente justificadas.
El procedimiento será dirigido por PADECOM CRÉDITO y contará con la presencia de:

  • Gerencia General.
  • Notario autorizado, quien dará fe de la legalidad y transparencia del procedimiento y levantará el acta correspondiente.
  • Jefes de Agencia.
  • Clientes invitados.
  • Colaboradores invitados.

VIII. PREMIOS
PADECOM CRÉDITO otorgará los premios descritos en el Anexo Único de las presentes Bases, los cuales serán adjudicados mediante sorteo electrónico entre los participantes que cumplan los requisitos establecidos.
Los premios serán personales e intransferibles y serán entregados únicamente a quienes resulten favorecidos conforme al procedimiento previsto en estas Bases.
Cada cliente únicamente podrá resultar ganador de un (1) premio durante la vigencia de la presente campaña. Si una misma persona resultare seleccionada nuevamente, dicha participación será descartada y se efectuará una nueva selección electrónica hasta obtener un ganador distinto que reúna los requisitos establecidos.
Las características, cantidades y valores referenciales de los premios serán los detallados en el cuadro oficial de premios, el cual forma parte integrante de las presentes Bases.

IX. ENTREGA DE LOS PREMIOS
Los ganadores serán notificados mediante llamada telefónica y por cualquiera de los medios de contacto registrados en la base de datos institucional.
La entrega de los premios se efectuará en la agencia de PADECOM CRÉDITO que corresponda al cliente ganador, dentro del horario laboral y en la fecha previamente coordinada por la institución.
Para recibir el premio será indispensable presentar:

Documento Único de Identidad (DUI) vigente.

Suscribir el acta de entrega y recepción correspondiente.
En caso de fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobado, el ganador podrá autorizar a un tercero para recibir el premio mediante autorización escrita con firma autenticada por Notario, acompañada de copia del Documento Único de Identidad del ganador y del autorizado.

X. PLAZO PARA RECLAMAR LOS PREMIOS
Los premios deberán ser reclamados dentro del plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha en que PADECOM CRÉDITO comunique oficialmente la condición de ganador.
Vencido dicho plazo sin que el premio hubiere sido reclamado, PADECOM CRÉDITO podrá disponer libremente del mismo conforme a su normativa interna y a la legislación salvadoreña aplicable, sin que ello genere derecho a indemnización o compensación alguna.
XI. PREMIOS NO CANJEABLES Y RESPONSABILIDADES
Los premios otorgados en la presente campaña no podrán ser canjeados por dinero en efectivo, sustituidos por otros bienes o servicios, ni transferidos a terceras personas, salvo lo previsto para su recepción mediante representación.
Los gastos, impuestos, derechos de matrícula, placas, registros o cualquier otra obligación legal que se derive de la entrega, inscripción, uso o disfrute del premio serán asumidos por quien corresponda conforme a la legislación salvadoreña vigente, salvo que PADECOM CRÉDITO comunique expresamente lo contrario.

XII. AUTORIZACIÓN PARA EL USO DE IMAGEN Y TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
Los ganadores autorizan expresamente a PADECOM CRÉDITO para utilizar su nombre, imagen, fotografía, voz y demás elementos audiovisuales obtenidos con ocasión de la presente campaña, exclusivamente para fines institucionales, informativos, publicitarios y promocionales relacionados con la misma, durante el plazo de un (1) año contado a partir de la entrega del premio, sin que ello genere derecho a compensación económica adicional.
Asimismo, los participantes autorizan el tratamiento de sus datos personales para la administración, ejecución, control, verificación y divulgación de resultados de la presente campaña, de conformidad con la legislación salvadoreña aplicable y las políticas institucionales de PADECOM CRÉDITO.

XIII. PUBLICIDAD DE LAS BASES Y DE LOS RESULTADOS
Las presentes Bases permanecerán disponibles para consulta durante toda la vigencia de la campaña en las agencias de PADECOM CRÉDITO, en el sitio web institucional y en los demás medios oficiales que la institución estime convenientes.
Con el propósito de garantizar la transparencia de la promoción, PADECOM CRÉDITO podrá publicar los nombres de los ganadores, así como fotografías o material audiovisual relacionado con la entrega de los premios, respetando en todo momento la legislación aplicable en materia de protección de datos personales.

XIV. EXCLUSIÓN POR ACTUACIONES FRAUDULENTAS
PADECOM CRÉDITO podrá excluir de la presente campaña a cualquier participante respecto del cual existan elementos objetivos que permitan establecer la realización de actos de fraude, simulación de operaciones, alteración de documentos, suministro de información falsa, manipulación de registros, uso indebido de sistemas informáticos o cualquier otra conducta contraria a la buena fe, a las presentes Bases o a la legislación salvadoreña vigente.
La exclusión de un participante será independiente de las acciones administrativas, civiles o penales que legalmente pudieren corresponder.
XV. MODIFICACIONES
PADECOM CRÉDITO podrá introducir modificaciones a las presentes Bases únicamente cuando existan causas de fuerza mayor, caso fortuito o disposiciones legales que así lo justifiquen, procurando en todo momento no afectar los derechos adquiridos de los participantes ni la transparencia de la promoción.
Toda modificación será comunicada oportunamente a través de los mismos medios utilizados para la difusión oficial de la campaña.
XVI. INTERPRETACIÓN
Cualquier situación no prevista expresamente en las presentes Bases será resuelta por PADECOM CRÉDITO de conformidad con los principios de buena fe, transparencia, equidad, la legislación salvadoreña aplicable y procurando en todo momento garantizar el respeto de los derechos de los participantes y la integridad de la presente campaña promocional.
XVII. ACEPTACIÓN DE LAS BASES
La participación en la campaña «PADECOM CRÉDITO PREMIA TU PREFERENCIA 2026» implica el conocimiento, comprensión y aceptación íntegra de las presentes Bases de Competencia, obligando a los participantes al cumplimiento de todas y cada una de sus disposiciones.

«PADECOM CRÉDITO PREMIA TU PREFERENCIA 2026»
En cumplimiento de lo establecido en el artículo VIII de las presentes Bases de Competencia, PADECOM CRÉDITO entregará los siguientes premios

Cobertura de la promoción
Los premios serán distribuidos entre los clientes participantes de las agencias de San Miguel, Jucuapa, El Tránsito, Usulután, Jiquilisco, Santa Rosa de Lima, La Unión, Corinto, San Francisco Gotera y Perquín, conforme a la mecánica del sorteo establecida en las presentes Bases de Competencia.

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